Tribunal de Reclamos Menores

Last Modified: 06/16/2021

Un caso de reclamos menores es una acción legal presentada en el tribunal del condado para resolver disputas legales menores entre las partes donde el monto en dólares involucrado es de $8,000 o menos. Este monto excluye los gastos asociados con el caso, tales como tarifas, intereses y los honorarios de los abogados.

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¿CUÁLES SON SUS DERECHOS? 

Una acción de reclamos menores comienza con la presentación de una Declaración de Reclamo. Los casos de reclamos menores deben presentarse ante el secretario del condado correspondiente. Las tarifas de presentación para acciones de reclamos menores se establecen en los Estatutos de Florida y las ordenanzas locales del condado. El secretario del tribunal puede brindar información acerca de las tarifas de presentación. 

¿QUÉ DEBE HACER? 

Estos son los pasos generales sobre cómo presentar una demanda civil ante el Tribunal del Condado.

Esto se conoce como el “Lugar”.

La ley otorga a la persona o empresa que presenta una demanda el derecho de presentarla en cualquiera de los siguientes lugares:

  • Donde se celebró el contrato;
  • Si la demanda se fundamenta en un pagaré sin garantía, donde se firma el pagaré o donde reside quien lo genera;
  • Si la demanda busca recuperar una bien o ejecutar un embargo preventivo, donde se encuentra la propiedad;
  • Donde ocurrió el evento que dio lugar a la demanda;
  • Donde reside uno o más de los demandados;
  • Cualquier lugar acordado en un contrato; o
  • En una demanda por cobro de dinero, si no hay acuerdo sobre dónde se puede presentar una demanda, donde se realizará el pago.

Una declaración de reclamo es un documento judicial que establece cuánto o qué es lo que la otra parte reclama que usted le debe y por qué están haciendo el reclamo. La declaración de reclamo inicia un caso judicial. La persona que inicia el caso se denomina “demandante”; la persona a quien demanda se denomina “demandado”.

La Declaración de Reclamo se presenta ante la oficina del Secretario. Se exige una tarifa de presentación y se paga con el secretario. Usted puede presentar una Solicitud de Estado de Indigente para determinar si el secretario lo eximirá de pagar esta tarifa. En la solicitud le pedirá información sobre su estado financiero.

Una parte en la demanda debe notificar de manera apropiada de la acción legal inicial a otra parte, como un demandado. En pocas palabras, un demandado tiene derecho a saber si él o ella está siendo demandado. Esa persona debe tener la oportunidad de contestar a los procedimientos ante el tribunal. Si no se completa la notificación de manera adecuada, su caso no avanzará. 

Se debe “entregar” una copia de los documentos al demandado a través del alguacil o del agente judicial privado. La notificación del proceso es el término legal para la entrega de copias de documentos legales asociados con una demanda. La entrega generalmente se realiza mediante entrega personal al demandado u otra persona a quien se dirigen los documentos.

Al presentar la Declaración de Reclamo, se establecerá una fecha para la Conferencia Previa al Juicio, (PTC, por sus siglas en inglés). Debe asistir a esta audiencia o el caso será desechado. En esta audiencia, las partes tendrán la oportunidad de resolver el caso mediante un proceso llamado mediación. Si el caso no se resuelve y el demandado no admite que debe la deuda, el caso está listo para la audiencia final.

En la audiencia final, necesitará todos sus testigos o documentos para ayudar a probar su caso. El juez puede exigirle que informe a la contraparte de cualquier testigo o documento que tenga la intención de promover en la Audiencia Final.

Si gana su demanda, deberá tomar medidas para cobrar el dinero que el tribunal le otorgó a través del caso judicial. 

Las siguientes secciones explicarán los pasos generales que deberá seguir si desea cobrar luego de un fallo. 

El primer paso para hacer cumplir un fallo es investigar los activos cobrables de la parte contraria contra la cual obtuvo un fallo (el “deudor”). 

La ley le brinda a la parte ganadora en una demanda (el “acreedor”) ciertas herramientas procedimentales para obtener información sobre el deudor con respecto a sus activos cobrables. Este proceso se conoce como “exhibición en vía de ejecutoria”.

Por ejemplo, un acreedor puede tomar la declaración del deudor o los interrogatorios propuestos (preguntas). El deudor debe proporcionar respuestas juradas a las preguntas. Si no coopera, el acreedor puede trasladar al tribunal para obligar al deudor a asistir a una declaración o para absolver posiciones. El tribunal puede imponer multas o dictar encarcelamiento en circunstancias extremas.

El siguiente paso es ejecutar la sentencia sobre los activos cobrables del deudor

Una manera simple y efectiva de hacerlo es registrar una copia certificada del fallo en los registros oficiales del condado donde se encuentra el bien inmueble, lo que hace que el fallo se convierta en un gravamen sobre la propiedad en ciertas circunstancias. 

Con el gravamen en su lugar, puede gravar y ejecutar los bienes inmuebles para satisfacer el monto del fallo (sujeto a cualquier gravamen mayor sobre la propiedad). 

Este método no está disponible si el bien inmueble es un bien familiar del deudor del fallo. El Artículo X, Sección 4, de la Constitución de Florida exime a los bienes familiares de gravámenes judiciales o de ventas forzadas.

Es importante tener en cuenta que el estado de bien familiar de la propiedad para fines fiscales no determina si la propiedad se considera como un bien familiar para fines de exención constitucional contra los acreedores. 

Además, generalmente, no es práctico buscar un gravamen sobre una propiedad que está sujeta a una hipoteca que excede el valor de la propiedad, u otros gravámenes mayores que pueden reducir los ingresos disponibles de la venta de la propiedad.

También puede buscar otros activos para hacer cumplir una sentencia:

  • Embargo de salarios o cuentas bancarias. Esta opción no se encuentra disponible si los fondos a embargar califican como el sueldo o salario de un jefe de familia y el deudor no ha dado su consentimiento por escrito para renunciar a la exención del jefe de familia.
  • Adjuntar gravámenes a bienes personales. Los bienes personales del deudor del fallo pueden ser ejecutados, todo esto sujeto a la capacidad del deudor de reclamar una exención de hasta $ 4,000 si él o ella no está se encuentra reclamando una exención de vivienda. Estatuto de Florida § 222.25 (2015). Un deudor del fallo puede reclamar una exención de hasta $ 1,000 en un vehículo automotor personal. 

Tenga en cuenta que las opciones anteriores pueden estar sujetas a la aplicación de exenciones adicionales según las leyes estatales y federales.

Haga clic aquí para obtener más información sobre el embargo de salarios.

¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA ANTES DE TOMAR ACCIÓN? 

Debe conocer el nombre y la dirección de la persona que desea demandar, o no podrá presentar la Declaración de Reclamación.

Determine si la persona que desea demandar tiene activos que no están exentos de cobranza. Si todos sus activos están protegidos, no podrá cobrar nada de esa persona, incluso si gana su caso.

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