Poner Fin a un Matrimonio

Last Modified: 06/22/2021

En Florida, el divorcio se conoce como “disolución de matrimonio”. Puede presentar una petición de disolución de matrimonio si usted o su cónyuge han sido residentes de Florida durante al menos seis meses. No necesita ser representado por un abogado, pero siempre es mejor obtener la asesoría de uno si es posible. La CLSMF puede brindar asistencia a las personas que buscan divorciarse brindándoles breves consejos, servicios limitados o representación.  

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¿CUÁLES SON SUS DERECHOS?

Puede presentar una “Disolución Simplificada” en Florida si no existen otras cuestiones sobre las cuales el tribunal pueda decidir que no sean el divorcio. Puede presentar este tipo de causa si no tiene hijos, no existe un embarazo actual, no hay deudas ni activos que dividir, y ninguna de las partes está solicitando pensión alimenticia. 

En una disolución no simplificada del matrimonio, una persona casada puede buscar establecer un plan de crianza, la patria potestad, distribución equitativa, pensión alimenticia, manutención infantil y que su estado civil de soltero sea restablecido. Debido a que hay otros problemas relacionados con este tipo de casos, es mejor que sea representado por un abogado.

Un Plan de Crianza es un documento legal que explica cómo los padres compartirán a sus hijos. La ley de Florida ya no usa el término “custodia” en casos de divorcio; en cambio, los padres reciben tiempo compartido. El tiempo compartido y la custodia significan lo mismo. Para recibir un decreto final sobre los niños, cada parte debe completar un curso de crianza de 4 horas. Las partes pueden tomar el curso en persona o en línea. Después de completar el curso, debe presentar el certificado de finalización ante el tribunal. 

Un plan de crianza es un documento legal detallado que ordena lo siguiente:

  1. Cuándo un niño pasa tiempo con cada padre. 
  2. Cómo los padres se  intercambiarán al niño.
  3. Cómo tomar decisiones importantes sobre el niño.
  4. Cómo se comunicarán los padres con el niño cuando el niño esté con el otro padre.
  5. Cómo se comunicarán los padres entre ellos.
  6. Cómo los padres compartirán vacaciones y descansos.
  7. Cómo los padres manejarán las actividades extracurriculares.
  8. Lo que sucederá si un padre quiere tomarse unas vacaciones con el niño fuera del estado o país.

Al introducir una orden relacionada con el niño, el tribunal utiliza los “Factores de interés superior” especificados para determinar qué es lo mejor para el niño. Estos factores están cubiertos por la Sección 61.13 (3) del Estatuto de Florida (Leála en su totalidad en línea aquí). 

El tribunal evalúa el interés superior del niño siguiendo las siguientes consideraciones (parafraseado de la Sección 61.13 (3) del Estatuto de Florida para facilitar la comprensión). Asegúrese de que la evidencia que presente ante el tribunal cubra estas áreas. Su evidencia puede consistir en su testimonio ante el tribunal, documentos, fotografías y testimonios.

  1. ¿Ha demostrado cada padre que está dispuesto y es capaz de alentar y permitir una relación padre-hijo continua, respetar el horario de tiempo compartido y ser razonable cuando el otro padre solicite cambios o ajustes?
  2. ¿Cómo se dividirán las responsabilidades de los padres después del divorcio y cuántas responsabilidades de los padres serán delegadas a terceros como niñeras, amigos o familiares?
  3. ¿Ha demostrado cada padre que está dispuesto y es capaz de determinar, considerar y actuar según las necesidades del niño en lugar de sus propias necesidades o deseos?
  4. ¿Cuánto tiempo ha vivido el niño en un ambiente seguro y cómodo y qué tan importante será para él continuar viviendo en ese ambiente?
  5. ¿Dónde está ubicado cada padre y cuánto tiempo de viaje se requerirá para que el plan de crianza funcione, con especial atención a las necesidades de los niños en edad escolar? Este factor no crea una presunción a favor o en contra de la reubicación de ninguno de los padres con un hijo.
  6. ¿Cuál es la aptitud moral de cada padre?
  7. ¿Cuál es el estado de la salud mental y física de cada padre?
  8. ¿Cuál es el registro doméstico, escolar y comunitario del niño?
  9. ¿Cuáles son los deseos del niño, siempre y cuando el tribunal crea que es lo suficientemente inteligente y consciente como para comprender completamente la situación?
  10. ¿Cuán dispuesto y capaz ha sido cada padre para mantenerse al tanto de factores importantes en la vida del niño, como los amigos, maestros, proveedores de atención médica, actividades diarias y cosas favoritas del niño?
  11. ¿Cuán dispuesto y capaz ha sido cada padre para proporcionar una rutina consistente para el niño, como disciplina y horarios diarios para la tarea, las comidas y la hora de dormir?
  12. ¿Cuán probable es que cada padre se comunique con el otro y lo mantenga actualizado sobre los problemas y actividades relacionados con el niño, y qué tan dispuestos están a cooperar en todos los asuntos importantes cuando se trata del niño?
  13. ¿Existe evidencia de violencia doméstica, violencia sexual, abuso, abandono o negligencia infantil, independientemente de si se ha presentado una acción previa o pendiente relacionada con esos temas? Si el tribunal acepta evidencia de abuso o negligencia, debe declarar por escrito que dicha evidencia fue considerada al evaluar el interés superior del niño.
  14. ¿Existe evidencia de que alguno de los padres haya proporcionado información falsa al tribunal a propósito sobre violencia doméstica, violencia sexual, abuso, abandono o negligencia infantil?
  15. ¿Cómo se dividieron las tareas y responsabilidades de los padres antes y durante el divorcio, incluidas las responsabilidades de los padres que hayan sido asumidas por terceros?
  16. ¿Cuán dispuesto y capaz ha sido cada padre para participar e involucrarse en las actividades escolares y extracurriculares del niño?
  17. ¿Qué posibilidades hay de que cada padre mantenga un ambiente para el niño libre de abuso de sustancias?
  18. ¿Cuán dispuesto y capaz es cada padre para proteger al niño del proceso de divorcio al no hablar sobre ello con él, al no compartir documentos o medios electrónicos relacionados con él y al no hacer comentarios negativos sobre el otro padre?
  19. ¿Cuáles son las necesidades específicas debido a la edad y el desarrollo del niño y qué tan dispuesto y capaz está cada padre para satisfacer esas necesidades?
  20. ¿Hay otros factores que no se hayan mencionado pero que puedan tener un impacto en un plan de crianza determinado, incluido el horario de tiempo compartido?

La patria potestad es el término legal para el derecho de los padres a tomar decisiones importantes sobre su hijo. Por lo general, el tribunal otorga a los padres la patria potestad compartida, lo que implica que los padres deben hablar entre ellos y llegar a un acuerdo sobre las decisiones que toman por su hijo. La patria potestad exclusiva implica que uno de los padres toma todas las decisiones sobre el niño. Los padres pueden acordar que uno de los padres tendrá la patria potestad exclusiva, o el tribunal puede decretar la patria potestad exclusiva en los casos en que exigir que los padres tomen decisiones juntos resultará perjudicial para el niño. El tribunal podrá decretar la patria potestad exclusiva en los casos de violencia doméstica.

La “distribución equitativa” se refiere a la forma en que los cónyuges en Florida dividen sus activos (cosas que poseen) y sus deudas (cosas que deben) en un divorcio. La ley de Florida requiere una división justa, también llamada “División Equitativa”. 

En un divorcio, los bienes poseídos por los cónyuges se dividen en partes iguales. A menos que la pareja tenga un acuerdo válido por escrito que indique lo contrario, la propiedad conyugal en Florida incluye todos los activos y deudas que cualquiera de los cónyuges adquiera durante el matrimonio. Los activos incluyen dinero, bienes y beneficios, como cuentas de jubilación, compensación diferida o participación en los beneficios. No importa si la propiedad o la deuda fueron adquiridas por uno o ambos cónyuges, en propiedad conjunta o solo a nombre de uno de los cónyuges. Por ejemplo, si su cónyuge abre una cuenta de tarjeta de crédito y su nombre no figura en ella, usted igual es responsable por los cargos en la tarjeta, incluso si su cónyuge incurrió en todos los gastos. Sin embargo, si los gastos fueron imprudentes, un tribunal podría determinar que su cónyuge desperdició activos, lo que resulta en diferentes responsabilidades por la deuda.

Si bien los tribunales se esfuerzan por dividir la propiedad conyugal y la deuda por igual, eso no siempre es justo. Existen múltiples consideraciones legales que guían la decisión de un tribunal sobre cómo dividir activos y deudas. Es una buena idea hablar con un abogado sobre su situación específica.

Los beneficios de empleo, como las cuentas de jubilación, son propiedad conyugal si se adquieren durante el matrimonio. Independientemente de si son beneficios, derechos o fondos revocables e irrevocables. Si se acumularon durante el matrimonio como parte de cualquier plan de jubilación o seguro, son propiedad conyugal y están sujetos a la División Equitativa. Esto es cierto si el derecho a recibir el beneficio de empleo es absoluto o si la concesión depende de alguna situación futura, como trabajar un período adicional de años. Puesto que los beneficios laborales son propiedad conyugal, están sujetos a la Distribución Equitativa.

Los bienes que era propiedad de un cónyuge antes del matrimonio generalmente siguen siendo propiedad exclusiva de ese cónyuge. El tribunal no divide ni separa bienes que no forman parte de la propiedad conyugal mediante el divorcio. Si el tribunal menciona los bienes que no forman parte de la propiedad conyugal en la sentencia firme, la sentencia indicará que los bienes no son propiedad conyugal y qué parte es dueña de los mismos.

Los obsequios o una herencia a uno de los cónyuges durante el matrimonio no forman parte de la propiedad conyugal.

El aumento en el valor de bienes fuera de la propiedad conyugal durante el matrimonio podría estar sujeto a una distribución equitativa. Si un activo ajeno a la propiedad matrimonial se vuelve más valioso debido al trabajo de uno o ambos cónyuges, o porque uno o ambos cónyuges invirtieron fondos o activos conyugales para mejorarlo, la plusvalía o “mejora” podría ser considerada como propiedad conyual. El monto de la mejora, que es la diferencia entre el valor presente del activo y el valor del activo antes del matrimonio, se dividirá en partes iguales. Tenga en cuenta que existen diferentes reglas que determinan si la mejora se debió a la mano de obra activa, la inversión de dinero conyugal o la apreciación pasiva.

Un cónyuge puede convertir un bien ajeno al matrimonio en propiedad conyugal regalando toda o parte del bien al otro cónyuge. Esto puede ocurrir cambiando el título de la propiedad e incluyendo a su cónyuge como copropietario. Un tribunal de Florida presumirá que cualquier propiedad que una pareja posea como “propiedad mancomunada” es propiedad conyugal, incluso si un cónyuge adquirió la propiedad por separado antes del matrimonio.

Un cónyuge también puede convertir un bien ajeno al matrimonio en propiedad conyugal mezclándolo con la propiedad conyugal y el tribunal debe considerar esto en la distribución. La mezcla de bienes ajenos al matrimonio con bienes matrimoniales se denomina ‘combinación’ (o “commingling” en inglés). Hay muchas maneras en que esto puede ocurrir, como al depositar fondos conyugales en una cuenta bancaria prematrimonial o pagar la hipoteca de un bien ajeno al matrimonio con ganancias conyugales. Un tribunal podría tratar todos los bienes como conyugales en estos ejemplos. El cónyuge que afirma que parte de la propiedad está separada tendría que rastrear la fuente separada de los fondos utilizando registros financieros detallados.

La manutención conyugal, o pensión alimenticia, se refiere a los pagos realizados a un cónyuge por el otro durante una separación o después de un divorcio. Se basa en un acuerdo entre la pareja o por una determinación del tribunal. El tribunal puede otorgarle la pensión alimenticia a cualquiera de las partes. La primera consideración del tribunal en cuanto a la pensión alimenticia es si la persona que solicita la pensión alimenticia necesita el apoyo financiero y si la otra parte tiene la capacidad de pagarlo

La concesión de la pensión alimenticia no puede dejar al pagador con un ingreso neto significativamente menor que el ingreso neto del destinatario, a menos que haya conclusiones por escrito de circunstancias excepcionales. 

En algunas circunstancias, el tribunal puede ordenar a la parte que debe pagar la pensión alimenticia que compre o mantenga una póliza de seguro de vida, fianza, o que garantice la adjudicación de la pensión alimenticia con cualquier otro activo que sea adecuado para tal propósito.

El tribunal también considerará los siguientes factores:

  1. La calidad de vida establecido durante el matrimonio.
  2. La duración del matrimonio.
  3. La edad y la condición física y emocional de cada parte.
  4. Los recursos financieros de cada parte, incluidos los activos y pasivos ajenos al matrimonio y los conyugales distribuidos a cada uno.
  5. Las capacidades de ingresos, los niveles educativos, las habilidades vocacionales y la empleabilidad de las partes y, cuando corresponda, el tiempo necesario para que cualquiera de las partes obtenga suficiente educación o capacitación para permitir que dicha parte encuentre el empleo adecuado.
  6. La contribución de cada parte al matrimonio, incluidos, entre otros, los servicios prestados en tareas domésticas, cuidado de niños, educación y desarrollo profesional de la otra parte.
  7. Las responsabilidades que cada parte tendrá con respecto a los niños que tengan en común.
  8. El tratamiento fiscal y las consecuencias para ambas partes de cualquier pensión alimenticia, incluida la designación de la totalidad o una parte del pago como un pago no sujeto a impuestos ni deducibles.
  9. Todas las fuentes de ingresos disponibles para cualquiera de las partes, incluidos los ingresos disponibles para cualquiera de las partes a través de inversiones de cualquier activo en poder de esa parte.
  10. Cualquier otro factor necesario para lograr equidad y justicia entre las partes.

El tribunal puede considerar el adulterio de cualquiera de los cónyuges, pero esto no significa automáticamente que el cónyuge que cometió adulterio no recibirá pensión alimenticia. El tribunal también puede tomar en cuenta si la persona que solicita la pensión alimenticia está en una relación de apoyo. Una relación de apoyo es una relación en la que el cónyuge vive con otra persona, y esa persona le ayuda a pagar sus cuentas.

La aplicabilidad de esta regla depende de la legislación fiscal vigente en el momento de su divorcio; las leyes fiscales cambian con frecuencia.

Los jueces tienen pautas generales para la adjudicación de apoyo que se basan en la duración del matrimonio. En Florida, es probable que los tribunales otorguen pagos de pensión alimenticia permanente solo para matrimonios de larga duración, aquellos que han durado más de 17 años. Los matrimonios a corto plazo pueden calificar para otros tipos de pensión alimenticia dependiendo de las circunstancias.

La duración de un matrimonio es el período desde la fecha del matrimonio hasta la fecha de presentación de una Acción de Disolución de Matrimonio. Un matrimonio corto es típicamente un matrimonio que dura menos de siete años. Un matrimonio de duración moderada es aquel que dura más de siete años pero menos de 17 años. Un matrimonio de larga duración es de 17 años o más. 

La ley de Florida establece cinco tipos diferentes de pensión alimenticia: 

  1. La Pensión Alimenticia Temporal se puede otorgar a una parte mientras el divorcio esté pendiente. 
  2. La Pensión Alimenticia de Transición está diseñado para ayudar a una de las partes a pasar de estar casado a estar soltero. Está diseñada para ayudar con necesidades a corto plazo. La adjudicación de una pensión alimenticia de transición no puede durar más de dos años. La adjudicación de una pensión alimenticia de transición finaliza con la muerte de cualquiera de las partes o cuando parte que recibe la pensión alimenticia contrae un nuevo matrimonio. El tribunal no puede modificar el monto del pago que se otorga.
  3. La pensión Alimenticia de Rehabilitación está diseñada para ayudar a una persona a ser autosuficiente y a desarrollar las habilidades que una vez tuvo. Por ejemplo, si una persona había sido enfermera pero ya no contaba con las certificaciones necesarias para trabajar, la pensión alimenticia de rehabilitación podría ayudarla a pagar para obtener las certificaciones. La pensión alimenticia de rehabilitación también se puede otorgar para ayudar a una persona a obtener la educación, capacitación o experiencia laboral que necesita para ser autosuficientes. Debe presentar ante el tribunal su plan detallado para ser autosuficiente. Por ejemplo, puede presentarle al tribunal el cronograma de su curso y el pago de la matrícula para esas clases. Debe explicarle al tribunal, a través de su testimonio, cuál es su objetivo final, cuánto tiempo le llevará alcanzarlo y cuánto costará. La pensión alimenticia de rehabilitación se puede modificar o finalizar en función de un cambio sustancial en las circunstancias, la finalización del plan o el incumplimiento del plan presentado ante el tribunal.
  4. La Pensión Alimenticia a Plazo Fijo es la pensión alimenticia que el tribunal otorga por un período de tiempo establecido. El tribunal puede otorgar una pensión alimenticia duracional cuando una parte no califica para pensión alimenticia permanente. El propósito de la pensión alimenticia duracional es brindar asistencia financiera a una parte durante un período determinado luego de un matrimonio de corta o moderada duración. La pensión alimenticia duracional también puede otorgarse en un matrimonio de larga duración, si no hay una necesidad continua de apoyo permanente. El monto de la pensión alimenticia duracional puede modificarse o ésta puede finalizar en función de un cambio sustancial en las circunstancias; sin embargo, el tribunal no puede cambiar la duración de la pensión alimenticia duracional, excepto en circunstancias excepcionales. La duración de la pensión no puede exceder la duración del matrimonio. La adjudicación de la pensión alimenticia duracional finaliza con la muerte de cualquiera de las partes o si la parte que recibe la pensión alimenticia contrae un nuevo matrimonio.

La Pensión Alimenticia Permanente puede otorgarse para satisfacer las necesidades de una parte según lo establecido durante el matrimonio. El tribunal puede otorgar la pensión alimenticia permanente luego de un matrimonio de larga duración. En casos especiales, el tribunal puede otorgar la pensión alimenticia permanente en casos de matrimonio de menos de 17 años. La pensión alimenticia permanente finaliza con la muerte de cualquiera de las partes o si la parte que recibe la pensión alimenticia contrae un nuevo matrimonio. La pensión puede modificarse o puede finalizar en función de un cambio sustancial en las circunstancias o de la existencia de una relación de apoyo.

Debe hacer una solicitud de pensión alimenticia en su proceso de divorcio. No se le permitirá solicitarlo luego de que termine el caso de divorcio.

La manutención infantil es el dinero pagado por uno de los padres al otro para ayudar a mantener a los niños. Las pautas de manutención infantil consisten en una fórmula matemática establecida por ley, que el tribunal sigue para determinar el monto de la manutención infantil. El tribunal casi siempre establece el monto de la manutención infantil en función de la cifra determinada por las pautas, pero existen algunas raras excepciones. Por lo general, pero no siempre, el padre que tiene menos tiempo con los niños le debe la manutención al otro. El propósito de la manutención infantil es hacer que los ingresos estén disponibles para los niños entre los hogares de ambos padres. 

Las pautas toman en cuenta lo siguiente:

  • El ingreso de cada padre. 
  • ¿Cuántos recibirán la manutención? 
  • Cuántas pernoctaciones recibió cada padre mediante el Plan de Crianza. 
  • Cuánto paga un padre por el seguro de salud para él y sus hijos. 
  • Cuánto paga un padre por guardería. 
  • Si el padre paga manutención o pensión alimenticia por un caso judicial anterior.
  • Cualquier otra consideración que el tribunal considere necesaria.

Las órdenes judiciales sobre el seguro de salud de los niños y los gastos médicos no cubiertos deben indicar quién será responsable de obtener el seguro de salud de los niños. El tribunal puede ordenar que uno de los padres sea el responsable del seguro de salud o que ambos padres compartan el gasto. El tribunal también debe determinar qué padre pagará los gastos médicos no cubiertos del niño o si ambos padres compartirán esos gastos.

Los tribunales pueden ordenar que uno de los padres tenga una póliza de seguro para su vida, nombrando al niño como beneficiario. El propósito de una orden de este tipo es asegurarse de que haya dinero disponible para los niños, incluso si el padre que paga la manutención infantil muere. El seguro de vida debe estar, en lo razonable, disponible para los padres para que así el tribunal ordene que se pague.

Los tribunales pueden ordenar que uno de los padres permita que el otro padre reclame a los niños a efectos del impuesto sobre la renta. Si desea una orden judicial que explique quién reclamará a los niños a efectos fiscales, debe incluir una solicitud en su petición. Los formularios no incluyen una selección de información de exención de impuestos, por lo que deberá agregar su solicitud a la petición.

El tribunal puede ordenar a una de las partes que pague los honorarios, dentro de lo razonable, del abogado de la otra parte y los costos judiciales. El tribunal evaluará las situaciones financieras de las partes para determinar si una de las partes necesita de la otra para pagar los gastos y si esa parte puede pagar esos gastos.

El tribunal también podría ordenar que una de las partes pague los honorarios del abogado de la otra por conducta ilícita durante el litigio, por ejemplo, no comparecer a una mediación programada.

¿QUÉ DEBE HACER?

La Corte Suprema de Florida ha aprobado formularios que pueden usarse para solicitar su divorcio por su cuenta. Los formularios pueden encontrarse en www.flcourts.org, en la sección de autoayuda del sitio y contienen instrucciones detalladas para ayudarle a completarlos y presentarlos.

Hay diferentes peticiones para diferentes situaciones (que pueden encontrarse en https://www.flcourts.org/Resources-Services/Court-Improvement/Family-Courts/Family-Law-Self-Help-Information/Family-Law-Forms): 

  1. Solicitud para la Disolución Simplificada del Matrimonio – formulario 12.901 (a)  
  2. Solicitud para la Disolución de Matrimonio con Hijo(s) Dependiente(s) o Menor(es) – formulario 12.901 (b) (1)
  3. Solicitud para la Disolución de Matrimonio con Bienes pero sin Hijo(s) Dependiente(s) o Menor(es) – formulario 12.901 (b) (2) )
  4. Solicitud para la Disolución de Matrimonio sin Hijo(s) Dependiente(s) o Menor(es) o Bienes – formulario 12.901 (b) (3) Los

Casos en los que haya niños involucrados se debe incluir la Declaración Jurada Uniforme de Jurisdicción y Cumplimiento de Custodia de Niños – formulario 12.902 (d). 

Solicitud para ser Declarado Indigente. Este formulario se utiliza para evitar pagar las tarifas de presentación cuando una persona solicitó el divorcio. El formulario se encuentra en el sitio web pero no tiene número. También puede obtener una copia de su secretario del tribunal local, pero recuerde solicitarla directamente por nombre.

Cada caso requerirá los siguientes formularios (que se encuentran disponibles en https://www.flcourts.org/Resources-Services/Court-Improvement/Family-Courts/Family-Law-Self-Help-Information/Family-Law-Forms):

  1. Citación – formulario 12.910 (a)
  2. Declaración Jurada Financiera de Derecho de Familia – formulario 12.902 (b) o 12.902 (c) 
  3. Aviso de Número de Seguro Social – formulario 12.902 (j)
  4. Portada para Casos del Tribunal de Familia – formulario 12.928
  5. Notificación de Casos Relacionados – 12.900 (h)

Debe presentar los documentos enumerados anteriormente en el condado donde vive la otra parte o donde vivieron por última vez como cónyuges casados. El secretario completará la Citación con un sello oficial. La Citación debe ser entregada a la otra parte. 

La “notificación” es el proceso de enviar documentos judiciales a la otra parte, entregados por un portador de notificaciones o un alguacil. Este proceso de notificación legal informa a la otra parte que el caso ha sido presentado y les ofrece la oportunidad de contestar ante el tribunal. En cuanto al divorcio, la ley puede exigirle que le entregue la solicitud de divorcio que presente ante el tribunal a la otra parte. 

Luego de haber presentado la causa de divorcio, el secretario puede ayudarle enviando los documentos al alguacil local para que notifique a la otra parte. Si el tribunal envía los documentos al alguacil, entonces el alguacil llevará los documentos a la otra parte para que sepa sobre el caso. Si el secretario no reenvía los documentos en su nombre, deberá enviar una copia de cada documento que presentó al alguacil del condado donde vive la otra parte para que el alguacil pueda completar el proceso de notificación.

Al recibir los documentos, la otra parte tiene 20 días para presentar una respuesta por escrito ante el tribunal y enviarle una copia por correo. Si la otra parte no presenta una respuesta por escrito, el secretario puede introducir un Declaración de Incomparecencia en su contra. También puede presentar una Moción de Incumplimiento, que es una solicitud por escrito al tribunal para que tome una decisión sobre un caso. Si la otra parte nunca toma parte en el caso, es probable que el tribunal acoja la Moción de Incumplimiento y probablemente usted obtenga todo lo que ha solicitado en su petición. Incluso si se ha introducido un incumplimiento contra la otra parte, ésta aún puede comparecer ante el tribunal.

Por otro lado, si la otra parte presenta una respuesta por escrito, van a presentar una Contestación, que también podría incluir una Contrademanda. La otra parte no está obligada a presentar una Contrademanda, sólo una Contestación. Una Contrademanda es la solicitud de la otra parte al tribunal. Usted debe responder a la Contrademanda presentando una Contestación.  La Contestación establecerá si está de acuerdo, en desacuerdo o si no puede responder debido a la falta de conocimiento. Puede responder a la Contrademanda con el formulario 12.903 (d), titulado Contestación a la Contrademanda, disponible en https://www.flcourts.org/Resources-Services/Court-Improvement/Family-Courts/Family-Law-Self-Help-Information/Family-Law-Forms.

Si un alguacil o portador de notificaciones le entrega una Solicitud para la Disolución de Matrimonio, puede presentar una Contestación mediante el formulario 12.903 (b), Contestación a la Solicitud para la Disolución de Matrimonio. Debe presentar la Contestación dentro de los 20 días siguientes para evitar que se introduzca un Incumplimiento en su contra. Si el secretario introduce una moción de incumplimiento en su contra, puede perder su derecho a participar en el caso y puede que deba pagar una pensión. Debe presentar su Contestación ante el mismo tribunal donde la otra parte presentó la solicitud y enviarle una copia de su Contestación.

Si desea hacer solicitudes al tribunal, debe presentar una Contestación y una Contrademanda. Si no presenta una Contrademanda, puede estar renunciando a su derecho a conseguir lo que quiere del divorcio. Por ejemplo, si desea una pensión alimenticia, debe presentar una Contrademanda y solicitarla. Puede usar uno de los siguientes formularios de Contrademanda:

  • Contestación a la Solicitud y Contrademanda por Disolución de Matrimonio con Hijo(s) Dependiente(s) o Menor(es), formulario 12.903 (c) (1)
  • Contestación a la Solicitud y la Contrademanda por Disolución de Matrimonio con Bienes pero sin Hijo(s) Dependiente(s) o Menor(es), formulario 12.903 (c) (2)
  • Contestación a la Solicitud y la Contrademanda por Disolución de Matrimonio sin Hijo(s) Dependiente(s) o Menor(es) o Bienes, formulario 12.903 (c) (3)

Todos los formularios pueden encontrarse en línea en https://www.flcourts.org/Resources-Services/Court-Improvement/Family-Courts/Family-Law-Self-Help-Information/Family-Law-Forms.

Cuarenta y cinco días luego de notificar a la parte demandado, cada parte debe intercambiar ciertos documentos financieros, como talones de pago y declaraciones de impuestos. Los documentos que se deben intercambiar se enumerarán en el Certificado de Cumplimiento de Divulgación Obligatoria, el formulario 12.932. Los padres no presentan sus documentos ante el tribunal; se los dan al otro padre. Si una persona no tiene uno de los documentos establecidos en la lista porque es algo que nunca ha tenido, entonces no habrá nada que darle a la otra parte. Si la persona no posee un documento de la lista, pero es algo que puede obtener, como un estado de cuenta bancaria, la persona debe obtener el documento y entregárselo a la otra parte. El formulario se completa poniendo un “check” al lado del artículo proporcionado al otro padre, luego firme el formulario bajo juramento ante un notario o un secretario judicial.

El Certificado de Cumplimiento de las Divulgaciones Obligatorias puede encontrarse en https://www.flcourts.org/Resources-Services/Court-Improvement/Family-Courts/Family-Law-Self-Help-Information/Family-Law-Forms.

Una vez que cada parte haya presentado sus documentos iniciales como se discutió anteriormente, el tribunal puede programar una Conferencia de Administración de Casos, que es una audiencia establecida por un juez para asegurarse de que el caso avance. La Conferencia de Administración de Casos generalmente no es un momento para que el tribunal reciba evidencia de las partes. Es probable que el tribunal verifique para ver si los documentos necesarios están en el archivo de cada parte, y puede programar la mediación.

En la mayoría de los casos de derecho de familia, el tribunal requerirá mediación. La mediación es un proceso en el que las partes se sientan con un tercero neutral para trabajar en la resolución de su caso sin el juez. Las partes en un caso pueden resolver todos los problemas, algunos de sus problemas o ninguno de ellos en la Mediación. Los asuntos no resueltos en la Mediación serán tratados por el tribunal en una audiencia final o juicio.

¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA ANTES DE TOMAR ACCIÓN?

Un divorcio afectará su derecho a heredar de su cónyuge, puede afectar su capacidad de cobrar los beneficios del Seguro Social de ellos y probablemente terminará su capacidad de estar cubierto por su seguro de salud.

Cuando un caso judicial está pendiente ante el tribunal o hay un Plan de crianza definitivo, se aplican las leyes sobre reubicación. Un padre no puede mudarse con los niños sin seguir la ley de reubicación. La reubicación es cuando un padre se mueve más de 50 millas por más de 60 días. La ley de reubicación establecen las reglas que un padre debe seguir al reubicarse con el acuerdo del otro padre y las reglas a seguir sin el acuerdo del otro padre. El incumplimiento de la ley de reubicación puede hacer que los padres se vean obligados a regresar al área donde solían vivir, pagar los costos judiciales de la otra parte e incluso podrían costarles el tiempo que pasan con los niños. Para obtener más información, visite la página informativa de CLSMF sobre Cómo Modificar un Plan de Crianza. 

Debe solicitar la pensión alimenticia en su proceso de divorcio. No se le permitirá solicitarla luego de que finalice la causa de divorcio.

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