Los Salarios Embargados

Last Modified: 06/22/2021

En Florida, los acreedores pueden tomar, incautar o “embargar” su salario para pagar las deudas que usted tiene. Si el acreedor lo demanda y gana la recuperación del resto de su deuda, el acreedor obtendrá una “Sentencia Firme” en su contra. Es importante saber que una Sentencia Firme es válida contra usted por hasta 20 años.

El acreedor puede tomar medidas para tratar de cobrar el dinero que usted debe. Esto se puede llevar a cabo tomando una parte de su salario y/o tomando dinero de una cuenta bancaria mediante un “Mandamiento de Embargo” ordenado por el tribunal.

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¿CUÁLES SON SUS DERECHOS?

Un embargo salarial es una orden judicial que requiere que su empleador retenga dinero de su salario y lo envíe directamente a su acreedor. Los diferentes tipos de deuda tienen distintas reglas para el embargo de salarios, con límites en relación a cuánto puede embargarse de su sueldo.

Antes de que puedan embargarse los salarios, el acreedor debe obtener una sentencia judicial que indique que usted le debe dinero. Es decir, el acreedor debe presentar una demanda, ganar y obtener esta sentencia en su contra. 

Sin embargo, su salario puede embargarse sin acción judicial si la deuda que usted tiene se trata de:

  • Impuestos sobre la renta vencidos
  • Manutención judicial vencida
  • Préstamos estudiantiles vencidos

Hay algunos activos que puede proteger una vez que el acreedor obtiene una sentencia para el embargo salarial. La idea es que debe tener suficiente dinero en  su salario para cubrir sus gastos diarios. Los activos más comunes que están exentos de embargo salarial son: 

  • Vivienda: La casa que tiene y donde reside
  • El salario de la Cabeza de Familia, por lo general, está protegido (Usted es considerado como Cabeza de Familia si brinda al menos un 50% o más en apoyo a un niño u otro dependiente).
  • Los salarios por hasta $21,750 a la semana
  • Los vehículos valorados en hasta $1,000 
  • Los ingresos por Seguridad Social (SSI, por discapacidad, jubilación)
  • Las pensiones
  • Los beneficios para veteranos
  • Los beneficios públicos (Asistencia social)
  • La manutención
  • La pensión alimenticia
  • Los bienes personales valorados en hasta $1,000, o cuando no se reclama la exención de vivienda, en hasta $4,000

Si está sujeto a más de un embargo, la cantidad total de embargo que se puede presentar en su contra está limitada al 25% de sus ingresos. En Florida, las leyes estatales relativas al embargo son iguales a las leyes federales.

¿QUÉ DEBE HACER?

Si quiere detener el embargo de su salario o dinero, debe completar un formulario de Reclamo de Exención y solicitar una audiencia en el tribunal para que se exima su salario del embargo. El formulario debe presentarse dentro de los 20 días posteriores a la recepción de la orden de embargo, que es la orden que autoriza que el acreedor retenga su salario o dinero. Si no presenta el formulario dentro de los 20 días, puede estar renunciando a su derecho a esta exención. 

Para obtener más información sobre exenciones, visite el sitio web del Colegio de Abogados de Florida: https://www.floridabar.org/public/consumer/tip006/

Un acreedor judicial es un acreedor que demostró en un juicio que usted debe dinero. El acreedor del fallo tiene derecho a impugnar su exención dentro de los 8 a 14 días posteriores a la recepción de su Reclamo de Exención, dependiendo de cuándo recibió los documentos. Si el acreedor del fallo impugna su exención, se programará una audiencia. Puede solicitarle al tribunal que deseche el Auto de Embargo sin una audiencia si el acreedor del fallo: 

  1. No se opone al Reclamo de Exención y
  2. Si el acreedor del fallo no solicita una audiencia dentro del plazo establecido.

Si usted es dueño de la casa en la que reside, está protegida contra todos los acreedores, excepto los acreedores que tienen una hipoteca o gravamen sobre ella. Además, hasta media hectárea de terreno está exenta de embargo salarial y protegida contra una venta forzada si vive en un área incorporada. Esto también aplica a las casas rodantes si usted es dueño del terreno. Se protege más propiedad si vive en un área no incorporada, hasta 160 hectáreas de vivienda.

Puede reclamar una exención de hasta $1,000 por el valor de su vehículo. Esto significa que su vehículo no puede ser incautado para ejecutar una sentencia a menos que el valor del vehículo sea mayor a $1,000, menos todas las deudas de las cuales el vehículo es garantía.

Una Declaración Jurada Para la Exención de un Vehículo Automotor debe presentarse ante el tribunal dentro de los 15 días posteriores a la recepción del escrito de embargo. En la Declaración Jurada Para la Exención, también debe brindar una lista de otros bienes personales que posea. Si no presenta la Declaración Jurada Para la Exención dentro del plazo de 15 días, puede estar renunciando a su derecho a esta exención. Como resultado, puede perder su vehículo para pagar la deuda.

La exención de bienes personales puede ser de hasta $1,000 en bienes personales. Los bienes se valoran según el valor de “venta de garaje” y no a lo que costaría reemplazarla. Esta exención aumenta a $4,000 si no tiene una exención de vivienda.

Si la sentencia es solo contra usted y no contra su cónyuge, su cónyuge tiene derecho a proteger su interés en los bienes. Los bienes que se poseen entre dos cónyuges son llamados “tenencia por completo” y dichos bienes no pueden ser divididos. Esto significa que los bienes que ambos poseen no están sujetos a los reclamos de los acreedores de ninguno de los cónyuges de manera individual. Esto también aplica a los bienes inmuebles.

La quiebra opera para detener la mayoría de los embargos salariales. Si su propiedad no está dentro de una de las exenciones, puede considerar la quiebra para proteger sus activos.

¿QUÉ DEBE TENER EN CUENTA ANTES DE TOMAR ACCIÓN?

Debe tomar medidas de inmediato si alguien intenta tomar su dinero o su propiedad. Si no actúa de manera oportuna, puede estar renunciando a las protecciones disponibles.

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